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Código de contracargo Visa 10.3: qué significa y cómo defenderse

El código Visa 10.3 cubre fraude en una transacción presencial ingresada manualmente. Conozca quién disputa, cómo defenderse y los plazos.

Qué significa el código 10.3 y cuándo se aplica

El código 10.3, “Other Fraud – Card-Present Environment”, se presenta cuando el tarjetahabiente niega haber autorizado o participado en una transacción ingresada manualmenteTambién llamada key-entered. Es una venta presencial en la que los datos de la tarjeta se ingresan en la terminal, en vez de pasar la banda magnética o leer el chip. en un entorno de tarjeta presenteTransacción realizada con la tarjeta física en el punto de venta, incluso cuando los datos se ingresan en la terminal, a diferencia de una compra por internet o teléfono..

Para que la situación corresponda al 10.3, deben cumplirse todos estos requisitos:

  1. El tarjetahabiente niega la compra. Afirma que no autorizó la transacción ni participó en ella.
  2. Los datos se ingresaron manualmente. La venta no se registró como lectura de la banda magnética o del chip.
  3. La transacción se clasificó como presencial. Si la compra se realizó por internet, correo o teléfono, el entorno es sin tarjeta presente y el código aplicable es el 10.4.

Fuente de los requisitos: Visa Core Rules §11.7.4.1, Tabla 11-20 (ID# 0030245).

Incluso cuando están presentes los tres hechos, el 10.3 es inválido si aplica al menos una de las condiciones de la Tabla 11-22. En las dos condiciones sobre fraude ya reportado, la lógica es independiente: la salvedad para los tipos C y D o para transacciones rechazadas limita un motivo, pero no elimina el motivo separado que invalida las credenciales reportadas con el tipo 3, C o D.

La excepción de cargo diferido solo existe cuando están presentes todos los registros: código 3902 en el campo 63.3, Transaction ID que vincula el cargo con la estadía, el viaje o el alquiler anteriores en el campo 125 o 62.2 y Electronic ImprintRegistro creado cuando se lee la banda magnética o el chip y los datos de la tarjeta se capturan o imprimen en el punto de venta. obtenido durante el mismo período. Las demás alternativas independientes aparecen en el cuadro de validez de esta página.

Fuente de las condiciones de invalidez: Visa Core Rules §11.7.4.3, Tabla 11-22 (ID# 0030247). Definiciones de los términos: Visa Core Rules §4.14.4.2 y Glosario, IDs 0024593, 0030053 y 0030586.

En la práctica, el 10.3 cubre el fraude presencial registrado como ingreso manual. Si se leyó la banda magnética o el chip, los datos de la aprobación pueden negar el hecho central del código. Si el caso implica una transferencia de responsabilidad EMV, consulte el 10.1 para una tarjeta falsificada o el 10.2 para una tarjeta perdida, robada o no recibida.

Plazos de cada parte en Visa 10.3

1 bloque representa 10 días calendario.

  1. EmisorPresentar la disputa 10.3El plazo comienza cuando la transacción es procesada por Visa.
    Hasta 120 días calendario
  2. AdquirentePresentar una vía de defensa permitida por VisaEl plazo comienza cuando la disputa es procesada por Visa.
    Hasta 30 días calendario
  3. EmisorResponder a la defensa del adquirenteEl plazo comienza cuando la defensa del adquirente es procesada por Visa.
    Hasta 30 días calendario
  4. AdquirenteSolicitar que Visa decida el casoEl plazo comienza cuando la respuesta del emisor es procesada por Visa.
    Hasta 10 días calendario
Estos son los plazos establecidos por Visa.Tu plazo para enviar documentos puede ser menor; confírmalo con tu adquirente.Fuente:Visa Core Rules, Tabelas 11-23 (ID# 0030248) e 11-1 (ID# 0030212)

Quién presenta la disputa y qué sucede después

El emisor, el banco que emitió la tarjeta, presenta el 10.3 en VROLVisa Resolve Online es el sistema de Visa en el que el emisor presenta la disputa y el adquirente envía la respuesta y los documentos del caso.. Antes de presentarla, debe haber reportado el fraude a Visa. También debe confirmar formalmente que el tarjetahabiente niega haber autorizado la transacción o participado en ella. Esta confirmación queda en el registro de la disputa; no es una carta del tarjetahabiente.

El emisor tiene hasta 120 días calendario desde la Fecha de Procesamiento de la Transacción para presentar el caso. Estos requisitos son acumulativos: el reporte previo del fraude no reemplaza la confirmación del tarjetahabiente, y ninguno de los dos reemplaza el plazo.

Fuente de la presentación: Visa Core Rules §11.7.4.2, Tabla 11-21 (ID# 0030246), §11.7.4.4, Tabla 11-23 (ID# 0030248), y §11.7.4.5, Tabla 11-24 (ID# 0030249).

Cuando el emisor presenta el 10.3, Visa asigna inicialmente la responsabilidad financiera al adquirente, la institución que representa al comercio en la red. El comercio entrega los documentos al adquirente, y es el adquirente quien intenta apartar esa responsabilidad mediante un intento de prearbitrajeSolicitud formal del adquirente para que el emisor reevalúe la disputa antes de que el caso pase a una decisión de Visa.. El 10.3 no tiene una etapa separada de segunda presentación de la venta.

El adquirente tiene 30 días calendario desde la Fecha de Procesamiento de la Disputa para enviar ese intento. No está disponible cuando el comercio ya aceptó el caso mediante Rapid Dispute ResolutionProceso automatizado de Visa en el que el comercio acepta la disputa antes del prearbitraje. Después de la aceptación, esta vía de respuesta deja de estar disponible.. Si el emisor rechaza el prearbitraje, el adquirente puede elevar el caso a Visa dentro de los 10 días calendario posteriores a la Fecha de Procesamiento de la respuesta.

Fuente del flujo: Visa Dispute Management Guidelines for Visa Merchants, pp. 5–6. Fuente de los plazos de respuesta: Visa Core Rules §11.2.2, Tabla 11-1 (ID# 0030212), y §11.7.4.6, Tabla 11-25 (ID# 0030250).

Antes de preparar la defensa, verifica si esta disputa es inválidaComprobar una sola condición basta para cuestionar la validez de la disputa.
  • La transacción es un retiro de efectivo en un cajero automático (ATM).
  • La transacción es un desembolso de efectivo de emergencia.
  • La transacción es un Mobile Push Payment: un pago o movimiento de dinero iniciado por el tarjetahabiente en un teléfono móvil o una tableta.
  • La transacción fue aprobada con una credencial para la cual el emisor ya había reportado fraude. Este motivo no aplica cuando el reporte usó el tipo C, el tipo D o se refiere a transacciones rechazadas.
  • El emisor reportó la credencial con el tipo de fraude 3, C o D.
  • La transacción usa Visa Commercial Choice Omni, producto de cuenta virtual de Visa para pagos entre empresas.
  • La transacción es Mobility and Transport: un pago sin contacto en un torniquete, una puerta u otro acceso no atendido, calculado a partir de uno o más usos durante el viaje.
  • Es una transacción en un dispensador automático de combustible (AFD) realizada en un dispositivo que lee el chip, solo en la región de EE. UU.
  • La transacción tiene Electronic Imprint, un registro creado cuando se lee la banda magnética o el chip y los datos de la tarjeta se capturan o imprimen en el punto de venta.
  • Se cumple la condición de cargo diferido en dos partes: MRC 3902 en el campo 63.3, vinculado a la transacción original mediante el campo 125 o 62.2, con Electronic Imprint.

Fuente:Visa Core Rules §11.7.4, Tabela 11-22 — Invalid Disputes, ID# 0030247

Cómo reducir el riesgo de este código

Visa recomienda tres medidas para evitar nuevas disputas 10.3:

  1. Lea la tarjeta en las ventas presenciales. Use la banda magnética o el chip según el procedimiento indicado para la transacción, en vez de ingresar los datos por comodidad.
  2. Si la lectura no es posible, haga un imprint manualImpresión de los datos en relieve de la tarjeta realizada con un dispositivo mecánico diseñado para ello. Un calco hecho con lápiz, bolígrafo o crayón y una fotocopia no son válidos.. Obtenga el registro en el punto de venta y conserve una copia legible. Esta respuesta no aplica a transacciones de la región Europa.
  3. Capacite al personal para las fallas de la terminal. Debe seguir el procedimiento del adquirente para la lectura, el ingreso manual y la conservación de los registros.

También clasifique correctamente el entorno. Una compra realizada por internet, teléfono o correo no se convierte en una transacción con tarjeta presente solo porque los datos se ingresaron en la terminal. Registrarla en el entorno equivocado puede llevar al emisor a presentar el código incorrecto.

Fuente de las causas y medidas de prevención: Visa Dispute Management Guidelines for Visa Merchants, Condición 10.3, p. 22. Fuente de la definición y la validez del imprint: Visa Core Rules, Glosario, IDs 0024593, 0024713 y 0024815, y §11.7.4.6, Tabla 11-25 (ID# 0030250).

Evidencias de defensa que el comercio debe reunir

Probar la transacción

Primero identifique la situación del caso. En el prearbitraje, el adquirente elige una sola vía aplicable; las vías no se suman. Dentro de la vía elegida, todos los elementos indicados como necesarios deben acompañar la respuesta. El expediente de esta página separa las seis vías disponibles para un comercio de América Latina fuera de Brasil y muestra qué debe reunir en cada una.

La prueba más directa es el registro de autorizaciónRegistro electrónico de la aprobación de la compra. Aquí debe mostrar cómo se capturaron los datos y permitir identificar la transacción y el punto de venta. que demuestra que se pasó la banda magnética o se leyó el chip. Niega que la transacción se haya ingresado manualmente. Si esto no ocurrió, verifique si el caso sigue otra vía: imprint manual, crédito o reversión ya procesados, retiro escrito de la disputa por el tarjetahabiente, invalidez según la Tabla 11-22 o cargo diferido.

En la vía de cargo diferido, ambas pruebas son obligatorias: el vínculo del cargo con una estadía, un viaje o un alquiler anteriores y el imprint obtenido durante el mismo período, incluida una autorización aprobada con Electronic Imprint.

Fuente de las vías de prearbitraje: Visa Core Rules §11.7.4.6, Tabla 11-25 (ID# 0030250). Fuente de las pruebas para el comercio: Visa Dispute Management Guidelines for Visa Merchants, Condición 10.3, p. 22.

No confunda esta vía con la regla de invalidez explicada al principio. El prearbitraje de la Tabla 11-25 exige las dos pruebas documentales anteriores. En cambio, la excepción de la Tabla 11-22 exige todos los registros de mensaje indicados allí.

Para una transacción de América Latina fuera de Brasil, Evidencia ConvincenteCategoría formal de prueba de Visa. En el 10.3, es una opción solo para determinadas transacciones domésticas de Estados Unidos. no es una vía de defensa. La Tabla 11-25 solo permite esta opción en Estados Unidos para una transacción presencial ingresada manualmente que no se realizó en un dispositivo que lee el chip. Incluso allí existen dos alternativas: demostrar otra transacción no disputada con la misma tarjeta o presentar juntos la identificación mostrada por el tarjetahabiente y un recibo, factura o contrato vinculado a esa identificación. Los comercios de América Latina fuera de Brasil siguen la fila “All excluding US” y no pueden usar esta prueba en el 10.3.

Fuente de la restricción regional: Visa Core Rules §11.7.4.6, Tabla 11-25 (ID# 0030250). Fuente de las dos alternativas de la Evidencia Convincente: Visa Dispute Management Guidelines for Visa Merchants, Ítem 15 y nota 7, p. 54.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo usa Visa el código de contracargo 10.3?

Es la condición de disputa "Other Fraud – Card-Present Environment". El tarjetahabiente niega haber autorizado o participado en una transacción ingresada manualmente (key-entered) en un entorno con tarjeta presente. En ese caso, el número se ingresó en la terminal en vez de pasar la banda magnética o leer el chip.

¿En qué se diferencia el 10.3 de los códigos 10.1, 10.2 y 10.4?

El 10.3 es el código residual de fraude con tarjeta presente. Solo se aplica a lo que no corresponde a una transferencia de responsabilidad EMV: el 10.1 para falsificación y el 10.2 para tarjeta perdida, robada o no recibida. Tampoco se aplica al entorno sin tarjeta presente, cubierto por el 10.4.

¿Cómo se responde a un contracargo 10.3?

Es posible responder, pero no existe una segunda presentación (second presentment). El 10.3 sigue el flujo de Asignación. Por eso, la única defensa del adquirente es un intento de prearbitraje presentado dentro de los 30 días calendario posteriores a la Fecha de Procesamiento de la Disputa. El prearbitraje no procede si el comercio ya aceptó la disputa mediante Rapid Dispute Resolution.

¿Qué prueba refuta directamente una disputa 10.3?

La prueba más directa es la copia del registro de autorización. Demuestra que la banda magnética se pasó o que el chip se leyó en el punto de venta. Así niega que la transacción se haya ingresado manualmente, el único fundamento del código. También son válidos la copia del imprint manual (fuera de la región Europa), la documentación de un crédito o reversión con monto y fecha, o el retiro escrito de la disputa por el tarjetahabiente.

¿Puede un comercio de América Latina fuera de Brasil usar Evidencia Convincente en el 10.3?

No. La Tabla 11-25 de Visa Core Rules incluye Evidencia Convincente únicamente en la fila "US". Los comercios de América Latina fuera de Brasil siguen la fila "All excluding US". Allí, las opciones de prearbitraje son un crédito o una reversión no considerados por el emisor, una disputa inválida, el retiro de la disputa por el tarjetahabiente, la condición de cargo diferido en dos partes o la evidencia de un imprint.

¿Hasta cuándo puede el emisor presentar una disputa 10.3?

El plazo es de 120 días calendario desde la Fecha de Procesamiento de la Transacción. Antes de presentar la disputa, el emisor debe haber reportado la actividad fraudulenta a Visa y certificar que el tarjetahabiente niega haber autorizado la transacción o participado en ella.

Consulta todos los códigos de motivo de contracargo de Visa o vuelve a Conocimiento.

Primer paso

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